La Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSP-DF) sancionó a 12 automovilistas por circular con vehículos foráneos sin verificar, que tienen la restricción de transitar por calles de la ciudad en un horario de las 05:00 a las 11:00 horas.
En este primer día de aplicación de las sanciones a las nuevas disposiciones ambientales para vehículos con placas foráneas, la SSP-DF detectó 12 automotores y procedió a su sanción respectiva.
El Reglamento de Tránsito Metropolitano establece en su Artículo Séptimo que los automovilistas que no acaten los programas ambientales y circulen en vehículos que tengan restricciones los días y horas correspondientes, se harán acreedores a una multa de 20 días de salario mínimo vigente y el traslado de la unidad al corralón.
Las normas actuales establecen que los vehículos con placas de otras entidades o extranjeras podrán circular libremente sólo si cuentan con el engomado de verificación “0” o “00” emitido en el Distrito Federal o el Estado de México.
De lo contrario, todas estas unidades deberán abstenerse de circular por calles de la ciudad en un horario de 05:00 a 11:00 horas.