La Secretaría de Hacienda publicó el día de hoy en el Diario Oficial de la Federación la resolución por la cual se modifica "el artículo tercero de la autorización otorgada a GMAC Mexicana, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado Filial, para organizarse y operar como sociedad financiera de objeto limitado filial".
El pasado 18 de julio de 1995, Hacienda autorizó la constitución y operación de una Sociedad Financiera de Objeto Limitado Filial, denominada GMAC Mexicana, S.A. de C.V., dicha Resolución fue modificada por última el 18 de enero de 2007.
GMAC Mexicana, por su parte, resolvió el pasado 26 de diciembre de 2007, en su junta de accionistas, aumentar su capital mínimo fijo de la cantidad de 41 millones de pesos a 42 millones de pesos, mediante la capitalización de un millón correspondientes a utilidades de ejercicios anteriores pendientes de aplicar de esa Sociedad Financiera.
El citado aumento de cappital derivó en la modificación del artículo sexto de sus estatutos sociales, por lo que Hacienda aprobó la modificación al artículo sexto de los Estatutos Sociales de GMAC Mexicana, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado Filial, y modificó el artículo tercero de la autorización otorgada a GMAC Mexicana, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado Filial, para quedar dicha autorización, íntegramente, en los siguientes términos:
Primero.- Se autoriza la organización y operación de una sociedad financiera de objeto limitado filial que se denominará GMAC Mexicana, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado Filial.
Segundo.- La sociedad tiene por objeto la captación de recursos provenientes de la colocación de instrumentos previamente calificados por una institución calificadora de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores para su posterior colocación en el mercado de valores, a través de intermediarios autorizados para ello por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y de la obtención de créditos con todo tipo de entidades financieras del país y del extranjero, en los términos de las disposiciones legales aplicables, así como otorgar créditos al sector automotriz.
Tecrero.- El capital social de GMAC Mexicana, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado Filial, será variable. El capital fijo sin derecho a retiro será de 42 millones de pesos. El capital variable será ilimitado.
Sexto.- GMAC Latin America Holdings LLC, será propietaria, en todo tiempo, de acciones que representen por lo menos el cincuenta y uno por ciento del capital social de GMAC Mexicana, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado Filial.
Séptimo.- En lo no señalado expresamente en esta Resolución, GMAC Mexicana, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado Filial, se ajustará en su organización y operación a las disposiciones del Capítulo de Servicios Financieros del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, a la Ley de Instituciones de Crédito, a las Reglas Generales a que deberán sujetarse las sociedades a que se refiere la fracción IV del artículo 103 de la Ley de Instituciones de Crédito, a las Reglas para el Establecimiento de Filiales de Instituciones Financieras del Exterior, y a los lineamientos que respecto de sus operaciones emita el Banco de México, así como a la inspección y vigilancia de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.