El impacto de las nuevas regulaciones en el sector asegurados y afianzador

El impacto de las nuevas regulaciones en el sector asegurados y afianzador

¿Qué tan lista se encuentra la industria para la entrada en vigor de la nueva Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas en abril de 2015, así como para las implicaciones y retos que las compañías aseguradoras y afianzadoras enfrentarán? La nueva ley consolida una normatividad para todo el sector asegurador y afianzador, en un solo ordenamiento, procurando que se alineen con las mejores prácticas internacionales, bajo un marco de administración integral de riesgos, similar a Solvencia II.

La nueva regulación tiene como objetivo preservar la solvencia y estabilidad de las instituciones financieras, fomentar una conducta de mercado adecuada en relación con los intereses de los usuarios y crear un ambiente de estabilidad financiera en el ámbito nacional e internacional.

A partir de ahora, la LISF incluirá en la agenda de la Alta Dirección un concepto similar a la llamada Solvencia II –equivalente a Basilea III en el Sector Bancario–, e impondrá un reto sin precedente en la industria: que las organizaciones identifiquen sus limitaciones ante la nueva regulación y trabajen para cumplir con sus requerimientos, antes de su entrada en vigor

El Sector Asegurador y Afianzador en México

La entrada en vigor de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF) ocurre en un momento activo del mercado, porque después de la crisis financiera mundial, los reguladores, junto con el sector, han evaluado sus modelos de trabajo, ajustándose a una nueva realidad de los negocios.

Si se considera que el objetivo de la estrategia legislativa es asegurar la solvencia de las instituciones, es posible pensar que en poco tiempo, el mercado será dominado por instituciones de alta calidad operativa y financiera. Las organizaciones con una estructura financiera menos robusta, podrían optar por fusionarse con otras más fuertes; el mismo escenario que se ha planteado para la Unión Europea, y es probable que también en los países miembros de esa confederación ocurra algo similar.

¿Qué es Solvencia II y qué persigue?

Actualmente, el concepto clave en el sector asegurador y afianzador es Solvencia II, la cual hace referencia a la directriz en discusión en la Unión Europea que regulará esta industria, con miras a que las compañías cuenten con una mejor solvencia, y se limite el riesgo de una bancarrota que afecte a los asegurados, lo que se espera que derive en una mayor eficiencia.

La entrada en vigor de Solvencia II en la Unión Europea se ha postergado en varias ocasiones, pero actualmente se plantea que entrará en operación a partir de 2016. En Europa, desde hace varios años, se han realizado ejercicios para evaluar el impacto de esta regulación en las compañías de seguros.

El gobierno mexicano, con una visión anticipada, aprobó en abril de 2013 la LISF, que tiene en mente un régimen basado en los tres pilares básicos de la directriz europea.

Los tres pilares en los que descansa la LISF

La nueva regulación se basa en tres pilares. El Pilar I, abarca el tema de la solidez financiera, lo que significa que es la medida de activos, pasivos y capital que tienen las organizaciones; podemos decir que se refiere a la parte cuantitativa del negocio.

Los procedimientos para calcular los requerimientos de capital y reservas, ahora se dan en función de la medición de riesgos. Entre otros conceptos, la LISF establece un modelo de Mejor Estimador o BEL (Best Estimate Liabilities), y un Margen de Riesgo, es decir, una determinación más adecuada a las obligaciones esperadas con base en la medida del costo de oportunidad del capital, con lo cual se obtiene el valor de mercado de las reservas técnicas.

De acuerdo con Pilar I, las compañías aseguradoras y afianzadoras deberán comenzar a trabajar en el desarrollo de un modelo interno de Riesgo de Capital de Solvencia (SCR, por sus siglas en inglés), el cual podrá ser registrado a los dos años de la entrada en vigor de la ley, pero que requiere un periodo de pruebas paralelas.

El Pilar II está centrado en la gestión y solidez del gobierno corporativo de las aseguradoras y afianzadoras, y en la eficiencia de los procedimientos que dan certeza al negocio. Esto implica contar con un área específica encargada de la administración integral de riesgos, la cual deberá identificar las contingencias a las que se encuentra expuesta la organización.

Pilar II promueve, asimismo, el análisis de la solvencia de la organización por medio de un sistema de contraloría interna, de un sistema independiente de auditoría interna, de la instauración de la función actuarial, y de una redefinición de las funciones y responsabilidades del Consejo de Administración.

El Pilar III, por último, define los mecanismos de transparencia e información hacia el público, mediante los cuales, autoridades, clientes y agencias calificadoras podrán monitorear los estados financieros así como información relevante de las compañías aseguradoras y afianzadoras.

No se trata tanto de una cuestión comercial en sí, dado que no se espera de las empresas que coloquen a la vista del público comparaciones de precios y servicios, sino que declaren parte de su información financiera, como lo hacen las empresas públicas que cotizan en bolsa.

Cerrar las brechas entre el modelo actual y el nuevo régimen requiere la inversión de recursos materiales, humanos y tecnológicos, y trae consigo mayores responsabilidades para los integrantes del Consejo de Administración, puesto que requerirá un alto grado de especialización en los miembros de los distintos comités de administración y auditoría.

Para los administradores de las organizaciones, el reto será lograr que toda la inversión se traduzca en una mayor eficiencia operativa y de gestión de recursos. Sería peligroso tratar de instaurar esquemas que solo busquen el cumplimiento de la ley, ya que con ese enfoque no se obtendrían los beneficios de una mayor competitividad, pero sí se tendrían que cubrir los costos asociados.

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