Publica Setravi la ampliación de la prórroga para el trámite de la revista vehicular

Publica Setravi la ampliación de la prórroga para el trámite de la revista vehicular

La Secretaría de Transportes y Vialidad (Setravi) amplió el plazo para el trámite de revista vehicular del 21 de noviembre al 1 de diciembre de 2012, a unidades del servicio de transporte público, mercantil y privado de carga en la ciudad de México.

El documento, publicado hoy en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, indica que las unidades que no hayan concluido el trámite, deberán presentarse por única ocasión con la unidad y la documentación requerida en el módulo operativo según corresponda para los dígitos 5, 6, 7, 8, 3, 4, 1, 2, 9 y 0.

Aclara que los permisionarios y prestadores del servicio que no cumplan con alguno de los puntos señalados, tendrán hasta dos oportunidades más de acreditar la inspección físico mecánica dentro del periodo correspondiente, sin periodo de gracia posterior a la fecha de término.

El aviso que entrará en vigor a partir de hoy, señala que se derogan las disposiciones Jurídicas y Administrativas que contravengan a la presente Prórroga y precisa que el horario de atención al público será de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas y sábado 8:00 a 13:00 horas.

Texto íntegro de la prórroga para el trámite de la revista vehicular, publicado hoy en la Gaceta Oficial del Distrito Federal:

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARÍA DE TRANSPORTES Y VIALIDAD
PRÓRROGA AL TRÁMITE DE REVISTA VEHICULAR EN SU SEGUNDA FASE DE INSPECCIÓN FÍSICO MECÁNICA CONFORME AL ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA REALIZAR EL TRÁMITE DE REVISTA VEHICULAR 2012, EN LO CORRESPONDIENTE A LA DECLARATORIA ANUAL DEL ESTADO FÍSICO Y MECÁNICO EN SU SEGUNDA ETAPA DENOMINADA INSPECCIÓN FÍSICO MECÁNICA DE LAS UNIDADES DESTINADAS AL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO, MERCANTIL Y PRIVADO DE CARGA EN EL DISTRITO FEDERAL EN SU SEGUNDA CONVOCATORIA, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 26 DE SEPTIEMBRE DE 2012.

RAÚL ARMANDO QUINTERO MARTÍNEZ, Secretario de Transportes y Vialidad del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122 Apartado C BASE TERCERA fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 12, 87 párrafos primero y segundo, 89 y 115 fracciones II, III, XI y XII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción IX, 16 fracciones II y IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 3, 4, 7 fracciones I, III, XIII, XXIII, XXX, XXXIII, XXXIV, XXXIX y XLV, 11, 12, 13, 17, 22, 42, 47 fracciones III, IV, XI y XII, 145, 146, 156 fracciones XI, XII, XIII, XIV y XXI y 158 fracciones III y VII de la Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal; 11 y 32 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 220 fracciones III inciso c) numerales 1 y 2 y X del Código Fiscal del Distrito Federal; 311 y 338 del Código Penal para el Distrito Federal; 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 7 fracción IX numeral 1, 26, 93 fracciones I, IV, VI, XII y XV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1º, 2º, 3º, 6º, 33 fracciones IV, V y VI, 82, 102 fracciones III numerales 9) y 11), IV y V del Reglamento de Transporte del Distrito Federal; 16 y 23 fracciones IV, V, VI y VII del Reglamento de Tránsito Metropolitano, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal corresponde a la Secretaría de Transportes y Vialidad, la facultad de fomentar, impulsar, estimular, ordenar y regular el desarrollo del Servicio de Transporte Público, Mercantil y Privado de Carga, en los términos previstos en la Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal.

Que con base en las premisas generales establecidas para el desarrollo del servicio de Transporte en el Distrito Federal, surge la necesidad de garantizar a los usuarios un servicio seguro y de calidad, a través de la revisión del estado físico y mecánico de las unidades que prestan el servicio de transporte, disminuyendo los trámites y eliminando la discrecionalidad, a fin de evitar la corrupción, pero con la tendencia de garantizar que las unidades destinadas a la prestación del Servicio de Transporte Público, Mercantil y Privado de Carga, se realice con eficiencia y eficacia.

Que el 26 de septiembre de 2012, fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, “ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA REALIZAR EL TRÁMITE DE REVISTA VEHICULAR 2012, EN LO CORRESPONDIENTE A LA DECLARATORIA ANUAL DEL ESTADO FÍSICO Y MECÁNICO EN SU SEGUNDA ETAPA DENOMINADA INSPECCIÓN FÍSICO MECÁNICA DE LAS UNIDADES DESTINADAS AL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO, MERCANTIL Y PRIVADO DE CARGA EN EL DISTRITO FEDERAL EN SU SEGUNDA CONVOCATORIA”.

Que el total de unidades seleccionadas con motivo de ese Acuerdo no han concluido el trámite, y es fundamental dar continuidad a la serie de acciones a corto y mediano plazo, emprendidas por el Gobierno del Distrito Federal, tendientes a la realización, simplificación y mejoramiento de los mecanismos de control en la prestación de los servicios de Transporte Público, Mercantil y Privado de carga, al amparo de un marco jurídico basado en los principios de simplificación, legalidad y economía, dotado de transparencia, he tenido a bien emitir la siguiente:

PRÓRROGA AL TRÁMITE DE REVISTA VEHICULAR EN SU SEGUNDA FASE DE INSPECCIÓN FÍSICO MECÁNICA CONFORME AL ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA REALIZAR EL TRÁMITE DE REVISTA VEHICULAR 2012, EN LO CORRESPONDIENTE A LA DECLARATORIA ANUAL DEL ESTADO FÍSICO Y MECÁNICO EN SU SEGUNDA ETAPA DENOMINADA INSPECCIÓN FÍSICO MECÁNICA DE LAS UNIDADES DESTINADAS AL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO, MERCANTIL Y PRIVADO DE CARGA EN EL DISTRITO FEDERAL EN SU SEGUNDA CONVOCATORIA, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 26 DE SEPTIEMBRE DE 2012.

PRIMERO. Las unidades seleccionadas que por diversas causas no hayan concluido el trámite, deberán presentarse por única ocasión con la unidad y la documentación requerida en los términos y condiciones previstos en el Acuerdo que se prorroga, publicado el 26 de septiembre de 2012 en la Gaceta oficial del Distrito Federal, al módulo operativo según corresponda para los dígitos 5, 6, 7, 8, 3, 4, 1, 2, 9 y 0; con horario de atención al público de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas y sábado 8:00 a 13:00 horas.

SEGUNDO. El plazo de prórroga para la presentación de las unidades será del 21 de noviembre al 01 de diciembre de 2012, conforme a los términos y condiciones previstos en el Acuerdo publicado el 26 de septiembre de 2012 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, los permisionarios y prestadores del servicio que no cumplan con alguno de los puntos señalados, tendrán hasta dos oportunidades más de acreditar la inspección físico mecánica dentro del período correspondiente, sin período de gracia posterior a la fecha de término.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Aviso entrará en vigor al día 21 de noviembre de 2012.

SEGUNDO.- A partir de su publicación se derogan las disposiciones Jurídicas y Administrativas que contravengan a la presente Prórroga.

TERCERO.- La interpretación de este Instrumento para efectos administrativos corresponde a la Secretaría de Transportes y Vialidad del Distrito Federal.

EL SECRETARIO DE TRANSPORTES Y VIALIDAD
(FIRMA)
RAÚL ARMANDO QUINTERO MARTÍNEZ

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