SCT reducirá tarifas en servicios de transporte federal y ferroviario durante el período vacacional

SCT reducirá tarifas en servicios de transporte federal y ferroviario durante el período vacacional

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), dio a conocer las bases de regulación tarifaria y las modalidades en los servicios de transporte ferroviario, así como el autotransporte federal de pasajeros.

En lo que concierne al período vacacional del 15 al 31 de julio de 2015, se aplicarán descuentos de servicio de transporte ferroviario y de autotransporte federal de pasajeros, el cual, será del 25 y 50 por ciento para maestros y estudiantes, respectivamente.

Dicha reducción de precio se aplicará en viajes de primera clase y sencillos, limitado a ocho estudiantes y dos maestros por corrida; de usar transporte ferroviario, esto acorde al calendario de vacaciones establecido por la Secretaría de Educación Pública (SEP) y por distintas universidades del país.

Para poder validar la disminución en su tarifa, los estudiantes y maestros deberán presentar, en ambos servicios, una credencial o constancia que contenga el nombre y la fotografía del titular, nombre y sello de la escuela. La identificación debe ser exclusivamente de los sistemas incorporados a la SEP; a la Universidad Nacional Autónoma de México; Instituto Politécnico Nacional; Colegio de Bachilleres y escuelas afiliadas a las mismas.

En lo que se refiere a instituciones que tengan un lapso vacacional diferente al calendario estipulado por la SEP, los maestros y estudiantes tendrán que mostrar una constancia oficial expedida por la institución académica, donde se especifique que se encuentran en periodo de vacaciones y duración del mismo. En caso de presentarse una inspección en el interior del vehículo, están obligados a mostrar sus respectivas identificaciones.

De presentarse algún incumplimiento de lo estipulado por el DOF, se podrán externar las quejas habidas ante el departamento de Autotransporte Federal del Centro SCT que corresponda al domicilio del usuario; a la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal, y en caso de niveles de cobro del autotransporte en la Dirección General de Autotransporte Federal.

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