De esta manera, los prestadores de servicios ferroviarios de pasajeros en su modalidad de regular, interurbano y los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros en los servicios de primera y económico, otorgan una tarifa reducida, 25 por ciento a maestros y 50 por ciento a estudiantes.
La determinación se da con base en una circular publicada por la SCT en el Diario Oficial de la Federación, y de acuerdo al calendario escolar 2017-2018, emitido por la SEP, aplicable en toda la República para la educación prescolar, primaria, secundaria, normal y demás escuelas para la formación de maestros de educación básica.
Tanto docentes como estudiantes, deberán acreditar su carácter ante los prestadores de servicios ferroviarios y los permisionarios mostrando la credencial vigente.
En caso de no contar con la credencial de la institución, el estudiante o maestro deberá acreditar su condición a través de constancia expedida por la institución o escuela, la cual deberá contener el sello de la escuela, nombre y fotografía del titular, así como el número de cuenta y matrícula.
Cuando el periodo vacacional de los docentes y estudiantes sea distinto al que marca el calendario establecido por la SEP, se podrá solicitar el descuento presentando una constancia oficial expedida por la escuela o universidad, en la cual se especifique el periodo de vacaciones y duración del mismo.
Los boletos deberán ponerse a la venta por los prestadores de servicios con la misma anticipación que los boletos normales.
Para cualquier queja relacionada a la falta de cumplimiento en tarifas ferroviarias, deberán presentarse ante la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario.
Con respecto a niveles de cobro del autotransporte, la queja podrá presentarse ante la Dirección General de Autotransporte Federal o en su defecto, al Departamento de Autotransporte Federal del Centro SCT que corresponda al usuario.