La dependencia del gobierno del Distrito Federal reitera que sancionará a todo conductor y concesionario de este servicio que incumpla lo estipulado en la fracción VI del artículo 22 del RTM, que indica la obligatoriedad de que estas unidades circulen con luces blancas encendidas durante la noche y madrugada.
Una vez concluida la etapa de sensibilización, personal de la Subsecretaría de Control de Tránsito, inició la aplicación de este tipo de sanciones y hasta las 6:00 horas de este martes, se multó a 308 conductores de taxi y a tres de microbús por violar la referida norma. Además, ocho autos de alquiler fueron remitidos al depósito porque sus conductores no traían la licencia tarjetón.
La multa para conductores y concesionarios que no enciendan sus luces al prestar servicio durante las horas de obscuridad asciende a 10 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal.
La SSP-DF recuerda que el objetivo fundamental de esta medida no es la aplicación de sanciones o la recaudación por concepto de multas, sino proteger la integridad física y patrimonial de usuarios y de los propios operadores del servicio público de transportes ante posibles ilícitos.
Los únicos autorizados para aplicar sanciones son los agentes de tránsito con chaleco fluorescente y la leyenda “Autorizado para infraccionar” que además porten el dispositivo móvil de infracción denominado “hand held”. A fin de evitar abusos por parte de la autoridad, la actuación de los agentes de tránsito es supervisada por elementos de la Dirección General de Inspección Policial de la SSP-DF.
La SSP-DF reitera su recomendación a los ciudadanos para evitar el servicio de transporte público, en particular taxis, que transiten sin iluminación interior durante las noches o sin el tarjetón con fotografía de su conductor, así como reportar cualquier irregularidad al teléfono 5208-98-98 del Centro de Atención del Secretario (CAS).