Esta medida tiene como objetivo evitar la acumulación de múltiples aranceles sobre un mismo producto, con especial énfasis en sectores estratégicos como el de autopartes, acero y aluminio. Con base en dicha Orden y en la guía publicada por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés), se confirma que: Las autopartes mexicanas listadas en la Proclamación 10908 y que califican bajo los criterios del T-MEC estarán exentas del pago de cualquier arancel. Aquellas autopartes que no califican bajo el T-MEC también estarán exentas del pago de los aranceles adicionales establecidos en el marco de la Ley de Poderes Económicos en Emergencias Internacionales (IEEPA) y de la Sección 232 para productos de acero y aluminio. Esto significa que, por ejemplo, una autoparte de acero que no cumpla con las reglas de origen del T-MEC, pero esté listada en la Proclamación 10908, ya no enfrentará una triple carga arancelaria. En su lugar, solo se aplicará el arancel correspondiente al rubro de autopartes, reduciendo así la carga fiscal sobre los exportadores. No obstante, se identifica una excepción: Cuando una autoparte no listada en la Proclamación 10908 califica simultáneamente como derivado de acero y derivado de aluminio, se aplicarán dos aranceles del 25%, correspondientes al contenido metálico, sin incluir el arancel IEEPA. Un ejemplo de este caso serían los tubos aisladores que incorporan uniones de ambos metales, los cuales estarán sujetos a ambos aranceles metálicos. Los ajustes contemplados en esta medida se aplicarán de forma retroactiva a todas las importaciones realizadas a partir del 4 de marzo de 2025, y se espera que antes del 16 de mayo se publiquen en el sistema arancelario estadounidense (HTSUS, por sus siglas en inglés) las modificaciones y lineamientos para la solicitud de reembolsos correspondientes. Si bien los aranceles para autopartes fueron anunciados el 3 de abril, su aplicación efectiva entra en vigor este 3 de mayo de 2025 a las 12:01 am (hora del Este de EE. UU.). Con esta medida, se evita la duplicidad de cargos arancelarios para el sector de autopartes y, con ello, para la cadena de suministro automotriz de Norteamérica. |