Las preguntas más frecuentes sobre el Seguro Federal de Protección a Víctimas de Accidentes

Las preguntas más frecuentes sobre el Seguro Federal de Protección a Víctimas de Accidentes

Este seguro de Responsabilidad Civil es una obligación establecida por el Congreso de la Unión en su Reforma al artículo 63 bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. La propia Ley y sus Reglas definen que los vehículos que transiten en caminos federales tendrán que contar con un seguro de responsabilidad civil. La entrada en vigor fue el pasado 23 de septiembre.
¿Cuál es el objetivo de este seguro?

La existencia de este seguro y la adopción del mismo por la sociedad permitirá una mejor protección para las víctimas de accidentes carreteros en nuestro país. La mayoría de los países de la OCDE y de América Latina ya cuentan con instrumentos de esta naturaleza y México se suma a incorporar esta política para su población.
  
Esta Ley, y su aplicación sienta la plataforma para que exista un nivel de aseguramiento básico, a nivel nacional, para proteger a las víctimas.
 
El seguro de responsabilidad civil debe amparar los daños de la imagen 1.

¿A partir de cuándo debo contar con el seguro de responsabilidad civil?

Se ha diseñado un proceso gradual de implementación de la obligatoriedad, el cual inicia en este año y tienen como meta que todo el parque vehicular en México cuente con un seguro a partir de 2019. 

La siguiente tabla indica cuando entra en vigor la obligatoriedad del seguro dependiendo del modelo del auto y de su valor factura. 

Si ya cuento con un seguro de automóvil, ¿tengo que comprar otro seguro?

No es necesario comprar otra póliza debido a que actualmente no existe ningún seguro en el mercado con una cobertura menor a la obligatoria. 

Mientras tu seguro esté vigente, mostrar la póliza será suficiente para satisfacer la obligatoriedad. 

Las aseguradoras proporcionarán sin costo adicional para el cliente, los documentos que acrediten que ya se cuenta con la póliza de seguro de responsabilidad.
   
En caso de que se me requiera exhibir mi seguro obligatorio, ¿qué papeles debo de mostrar a la autoridad que me lo requiera? 

Deberás mostrar la póliza de seguro con la que cuentes. Si es una póliza emitida con posterioridad a septiembre de 2014, dicha póliza contendrá la información sobre el seguro obligatorio. Si tu póliza aún no se renueva, ésta podrá ser verificada electrónicamente por la autoridad.
 
Si circulo por una autopista de paga, ¿requiero comprar este seguro?

El pago del peaje de una autopista incluye un seguro de responsabilidad civil, el cual ya satisface las condiciones del Seguro obligatorio. Cabe señalar que la cobertura de este seguro se limita a la distancia que fue pagada en la caseta de cobro.
 
¿Este seguro sólo me cubre en carreteras?

NO, el seguro tendrá una cobertura a nivel nacional. Si circula en su ciudad también estará asegurado.
 
¿Cuánto cuesta la multa por no contar con el seguro?

Las multas serán de 20 a 40 días del Salario Mínimo Vigente en el D.F. Sin embargo, si fuiste infraccionado podrás evitar el pago de la multa si compras el seguro de responsabilidad civil dentro de los primero 30 días naturales a partir de la infracción.

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