Revisará ALDF el reglamento de tránsito que entrará en vigor en diciembre

Revisará ALDF el reglamento de tránsito que entrará en vigor en diciembre

Los últimos acontecimientos donde han perdido la vida ciclistas por atropellamiento en diversos puntos de la ciudad obligan a que la Comisión de Movilidad, Transporte y Vialidad en la Asamblea Legislativa ponga a revisión el Reglamento de Tránsito del Distrito Federal, que está por entrar en vigor a partir de la segunda quincena de diciembre de este año.

El nuevo Reglamento debe atender al espíritu de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, que tiene por objeto planificar, regular y gestionar la movilidad fundamentalmente en condiciones de seguridad y de integridad física de las personas, advirtió la diputada Francis Pirin Cigarrero (PRD).

Que la Ley de Movilidad del Distrito Federal tiene una jerarquía para la utilización del espacio público en materia de movilidad que en el Artículo 6 expresa que la prioridad la tienen en primera instancia los peatones y los ciclistas.

Especificó la presidenta de la Comisión de Movilidad, Transporte y Vialidad que la revisión y en su caso modificación del Reglamento de Tránsito tiene que atender fundamentalmente los siguientes puntos:

1.- El uso obligatorio de casco protector para los ciclistas que ayude a reducir la gravedad de los daños cuando se produzca un accidente donde una de las partes sea ciclista. Sabemos que las lesiones más graves, y que incluso ponen en riesgo la vida de los ciclistas accidentados son las cerebrales y el uso del casco protector puede atenuar, dependiendo del accidente, traumatismos del cráneo. El uso del casco protector en ciclistas no puede ser voluntario, discrecional o quedar a la decisión del ciclista, pues dicha medida siempre tendrá como objetivo proteger la vida eintegridad del mismo.

2.- En materia de sanciones se deberán adecuar las mismas, considerando que quien ponga en riesgo la vida y la integridad física de las personas deberá ser sancionado con un monto mayor a otro tipo de conductas en materia de movilidad. Por ejemplo el reglamento en su Articulo 11, fracción III inciso b) sanciona la conducta de circular en vías ciclistas a vehículos que no seas bicicletas con 20 a 30 veces la unidad de cuenta de la Ciudad de México vigente. Es claro que circular en las vías restringidas para uso de bicicletas pone en riesgo la integridad física de los ciclistas. Por otra parte, en el Artículo 7 fracción II se sanciona igualmente con 20 a 30 veces la unidad de cuenta por proferir vejaciones mediante utilización de señales visuales, audibles a otro usuario de la vialidad. Las sanciones deben atender a la gravedad de la conducta y es claro que no tiene la misma gravedad poner en riesgo la vida de las personas que proferir vejaciones.

3.- Revisaremos para evitar accidentes donde esté en juego la integridad de los ciclistas y de ser necesario modificaremos el Articulo 16 del reglamento que permite que los ciclistas sigan de frente, pasándose el alto o las restricciones de ”Alto" o “Ceda el paso” disminuyendo su velocidad en cruces de vías secundarias. Dicha autorización de seguir circulando aun con semáforo en rojo o señales de ”Alto" y “Ceda el paso” pueden incrementar los riesgos para el ciclista en una ciudad con movilidad tan alta como la de México.

Finalmente apuntó que se revisará puntualmente el Reglamento de Tránsito de la ciudad de México en todos y cada uno de sus artículos para garantizar el derecho a una movilidad en condiciones de seguridad, calidad y sustentabilidad para las personas.

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