Las motocicletas con igual terminación de matrícula tampoco podrán transitar, mientras que para establecer la restricción de circulación a los vehículos con placas federales se tomará el tercer dígito numérico.
La restricción para circular en el Valle de México para los automotores con esas características se aplicará de las 5:00 a las 22:00 horas, recordó el Sistema de Monitoreo Atmosférico de la Ciudad de México.
Las medidas implican además la suspensión total, de 5:00 a 22:00 horas, de las actividades en estaciones de servicio de gasolina y gas LP de carburación, con terminaciones 1 o 2 correspondiente a su último dígito numérico de identificación.
Asimismo, suspensión en el horario referido de 20 por ciento de las plantas de distribución de gas licuado de petróleo de acuerdo con las terminaciones 1 y 2, correspondiente a su último dígito numérico de identificación.